El derecho real: concepto y caracteres. Clases. Derechos reales reconocidos en la legislacin espaola. Rgimen de los bienes y de los derechos reales en el Derecho Internacional Privado.

El derecho real: concepto y caracteres. Clases. Derechos reales reconocidos en la legislacin espaola. Rgimen de los bienes y de los derechos reales en el Derecho Internacional Privado.
El derecho real: concepto y caracteres. Clases. Derechos reales reconocidos en la legislacin espaola. Rgimen de los bienes y de los derechos reales en el Derecho Internacional Privado.

autor.: cejuanjo

Remitido el 18-12-15 a las 10:56:14 :: 2869 lecturas


1. El derecho real: concepto y caracteres.

a. Concepto
i. El Código Civil no lo define
ii. Teoría clásica es el poder directo e inmediato sobre la cosa ejercitable frente a cualquiera
iii. Teoría obligacionista no admite relación entre persona (sujeto) y cosa (objeto)
iv. Teoría intermedia considera que es un derecho subjetivo que atribuya a su titular un señorío sobre la cosa e impone a los demás una obligación de respeto
b. Distinción con derecho de crédito
i. Sujeto. En crédito en sujeto pasivo está determinado. En real es colectivo e indeterminado
ii. Objeto. En crédito recae sobre una prestación. En real sobre una cosa
iii. Origen. Real causa para la entrega que equivale al título y tradición o entrega que equivale al modo. En crédito solo el título. Además el derecho real se puede constituir por usucapión y el de crédito no.
c. Categorías próximas
i. Ius ad rem. Situación en que se encuentra quien tiene el título pero no ha adquirido posesión de la cosa mediante el modo.
ii. Derechos reales in faciendo. Imponen al sujeto pasivo no sólo un deber de abstención al sujeto pasivo sino además una prestación. Como en las servidumbres positivas.
iii. Obligaciones propter rem. Imponen al titular una prestación por razón de dicha titularidad. Ejemplo las obligaciones del copropietario.

2. Clases.

a. Civilistica italiana
i. Goce y disposición (propiedad)
ii. Simple goce (servidumbres)
iii. Garantía (prenda e hipoteca)
b. Castán
i. Derechos sobre bienes incorporales
ii. Derechos sobre bienes corporales
1. Protección provisoria (en la posesión)
2. Protección definitiva
a. Goce y disposición (propiedad)
b. Goce (servidumbres)
c. Garantía (prenda e hipoteca)
d. Adquisición preferente (tanteo y retracto)

3. Derechos reales reconocidos en la legislación española.

a. Propiedad 348 Derecho a gozar y disponer de una cosa sin más limitaciones que las establecidas en las leyes
b. Posesión 430 Natural la mera tenencia de una cosa Civil la tenencia de una cosa con ánimo de haberla como propia
c. Usufructo, uso y habitación 467 Derecho a disfrutar de los bienes ajenos con la obligación de conservar su forma y sustancia
d. Servidumbre 530 y 531 Gravamen impuesto sobre un inmueble en beneficio de otro de otro dueño (530) o en provecho de una o más personas (531)
e. Censo 1604 Sujeción de un inmueble al pago de un canon o rédito anual
f. Derechos de superficie, sobreelevación y subedificación
g. Derecho de aprovechamiento por turno
h. Derechos de garantía (prenda, hipoteca y antícresis)
i. Derechos de adquisición preferente (tanteo y retracto)

4. Régimen de los bienes y de los derechos reales en el Derecho Internacional Privado.

a. Art. 10. La posesión, la propiedad y los demás derechos sobre bienes inmuebles, así como su publicidad, se regirán por la ley del lugar donde se hallen. La misma ley se aplicará a los bienes muebles.
b. Bienes en tránsito 10 Ley del lugar de expedición
c. Medios de transporte salvo por carretera 10 Ley del lugar de su abanderamiento, matrícula o registro
d. Medios de transporte por carretera 10 Ley del lugar donde se hallen

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